Solicitud presencial: los pedidos de Certificados se reciben de lunes a viernes de 9:00 a 12:30 horas y se retiran al día siguiente hábil.
Solicitud por correo postal: los connacionales que residen en zonas alejadas del Consulado General pero dentro de la circunscripción de este (es decir Comunidad de Madrid, Galicia, Asturias, La Rioja, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura e Islas Canarias) pueden enviar los requisitos por correo postal a la dirección del Consulado para solicitar el certificado. Una vez se reciba el sobre, el Consulado contactará con los titulares para coordinar el pago.
La inscripción consular es gratuita y se realiza de forma automática cuando el connacional solicita algún trámite consular. Sin embargo, la expedición de un Certificado de Inscripción Consular cuenta con un arancel: Costo del ARANCEL CONSULAR ←Clique
Requisitos:
Obs: Los datos de contacto telefónico deberán estar claros y legibles. De considerarse necesario, se podrá solicitar documentación adicional
En caso de autorizar a terceros para retitar los certificados es necesario cumplimetar y firmar el siguiente formulario:
Descargar fomulario de Autorizacion para retirar Certificados
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