Protocolo Pinilla-Soler, del 12 de enero de 1907.
A raíz de la tensión que estaba tomando el diferendo, el gobierno de la Argentina logró mediar entre ambos países, logrando que ministro de Hacienda del Paraguay, el doctor Adolfo Soler, junto al ministro de relaciones exteriores boliviano, el doctor Claudio Pinilla, se reunieran en Buenos Aires para discutir diversas proposiciones de las dos partes. Buscando soluciones que concilien ambas posturas, el ministro de relaciones exteriores argentino, el doctor Estanislao S. Zeballos, hizo una propuesta, la cual fue aceptada y luego firmada por los representantes de los dos países en pugna. La propuesta era la siguiente:
«Someter la cuestión al fallo arbitral del presidente de la República Argentina, el doctor Figueroa Alcorta.
La zona a someterse a dicho arbitraje queda entre el paralelo 20°30' y la línea que en sus alegaciones sostenga al N. el Paraguay en el interior del territorio, entre los meridianos 61º 30' y 62°.
Ratificar este convenio dentro de los cuatro meses.
Presentar al presidente de la República Argentina, dentro de los 30 días de la ratificación por el Parlamento, una exposición de los títulos y antecedentes que abonan sus derechos respectivos, a fin de que pueda decidir sobre el mejor derecho.
Mientras se tramita el cumplimiento de este Convenio, las Altas Partes contratantes se comprometen a no innovar ni avanzar las posiciones existentes a la fecha. En ningún caso podrá cesar el statu quo antes de 16 meses de la fecha.
En caso de que una de las Partes Contratantes no ratificase este ajuste, se entenderá como prorrogado el statu quo, el cual será fielmente observado bajo la garantía del gobierno argentino.».
Lamentablemente, el presidente Alcorta declinó su intervención a raíz de los inconvenientes que se suscitaron al haber este fallado en contra de Bolivia en un litigio limítrofe que este país mantenía con el Perú.

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Esta fecha constituye una oportunidad para rendir homenaje a quienes defendieron nuestro Chaco Boreal durante el conflicto bélico de 1932 a 1935, así como a los diplomáticos que, mediante el diálogo y la negociación, lograron plasmar el Tratado de Límites con Bolivia tras los años de trabajo desarrollados entre 1935 y 1938.
Ver MásLa Comisión Nacional Demarcadora de Límites (CNDL) recuerda una fecha de gran relevancia en la historia de las relaciones bilaterales entre la República del Paraguay y la República Argentina: el 1 de junio de 1945, día en que ambas naciones suscribieron el Tratado Complementario de Límites Definitivos en el Río Pilcomayo, instrumento que contribuyó a la consolidación de la delimitación fronteriza entre ambos países.
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La controversia del Hito VIII en Cerro Chovoreca surgió el 23 de mayo de 1967 durante los trabajos de demarcación definitiva de límites entre Paraguay y Bolivia. Mientras la delegación boliviana sostenía que el Cerro Chovoreca no existía, Paraguay defendía su existencia y cuestionaba la validez del hito provisorio establecido tras el Laudo Arbitral de 1938. Para verificarlo, se realizaron vuelos de reconocimiento y mediciones topográficas que confirmaron la existencia del cerro.
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Durante las jornadas de trabajo, las delegaciones de ambos países abordaron diversos temas relacionados con los límites internacionales, la cooperación fronteriza y el fortalecimiento de los mecanismos bilaterales de coordinación técnica e institucional, se realizaron intercambios de experiencias y evaluaciones de los trabajos conjuntos llevados adelante por las comisiones técnicas encargadas de la demarcación y conservación de los hitos fronterizos.
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Trabajo de investigación histórica y cartográfica, enfocado en el estudio de los límites internacionales entre Brasil y Paraguay.
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Situación actual y los desafíos vinculados a los tratados internacionales de límites, presentado en el Consulado General de la República del Paraguay en Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil.
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